Una jueza suspendió la muestra de León Ferrari con argumentos insólitos. Por Raúl Kollman
La jueza Elena Liberatori hizo lugar a un pedido de la agrupación católica Cristo Sacerdote y ordenó el cierre provisorio de la muestra, con el argumento de que “constituye una injerencia arbitraria en la vida privada” de los ciudadanos.
La jueza Elena Amanda Liberatori no hizo ayer demasiado honor a su apellido y ordenó cerrar provisoriamente la muestra retrospectiva del artista plástico León Ferrari en el Centro Cultural Recoleta. El fallo se asienta en un argumento asombroso: que las obras violan la vida privada de los ciudadanos porteños. Aunque la magistrada hace referencia a que se ofenden los sentimientos religiosos de los habitantes de la ciudad, el fundamento clave es que Liberatori da por hecho que la muestra, aunque funciona en un centro cultural, se mete en los hogares sea como sea y de esa manera constituye “una injerencia arbitraria en la vida privada” de los ciudadanos. La causa judicial fue iniciada por la Asociación Cristo Sacerdote, que dice depender directamente del arzobispo de Buenos Aires, Jorge Bergoglio, y que –en otra decisión inaudita de la magistrada– tuvo que depositar 170.000 pesos en efectivo en el Banco Ciudad como caución para que se concrete la clausura. Esto significa que un cristiano pobre no podría haber hecho la demanda, sólo alguien que tuviera ese dinero contante y sonante o en propiedades. Según evaluaron juristas consultados por este diario, levantar la clausura demandará su tiempo. El lunes se presentará una apelación, pero los tiempos procesales llevan a enero, o sea a la feria judicial, aunque se pedirá habilitación para que la cuestión sea tratada aun en la feria. Una alternativa es continuar la muestra en un ámbito que no sea del Gobierno de la Ciudad, sino privado.
La ofensiva de las distintas organizaciones católicas se desarrolló en todos los terrenos. El juez contravencional Ricardo Baldomar había fallado esta misma semana que no correspondía cerrar la muestra porque una leyenda en la puerta advertía a quien ingresara que parte de las obras “pueden herir la sensibilidad religiosa del visitante”. El magistrado consideró que eso disipaba el peligro de que cualquier persona se sienta agraviada, por cuanto tenía la opción de no ingresar. Baldomar agregó que “sostener la suspensión pretendida de la muestra implicaría privar a todo aquel que desee visualizar la obra del derecho de hacerlo, circunstancia que violenta la Constitución local”.
Paralelamente, los representantes de un partido escasamente conocido, el de la Reconstrucción Republicana, hicieron una denuncia penal ante el juez Jorge Urso acusando a Ferrari por incitar a la violencia religiosa. El fiscal Patricio Evers pidió una serie de medidas, entre ellas la opinión del cardenal Jorge Bergoglio. En ese expediente no apareció ningún pedido de cierre de la muestra, aunque se apunta a que el artista sea condenado a una pena que va de un mes a tres años de prisión.
La causa iniciada por Cristo Sacerdote en el fuero contencioso administrativo sí tenía como objetivo prioritario la clausura de la muestra. “Uno de los datos más sorpresivos para nosotros –le dijo anoche a Página/12 la procuradora general de la Ciudad, Alejandra Tadei– es que la jueza haya ordenado el cierre de toda la muestra, es decir de las 400 obras. No debió censurarse ninguna, pero no se entiende por qué incluso se les impone la clausura a obras que no tienen ninguna referencia a la cuestión religiosa. Es evidente que con esta medida se está violando el artículo 32 de la Constitución porteña, que dice que el Estado de la Ciudad está obligado a garantizar la libre expresión artística y prohíbe toda censura. En estos conceptos va a estar centrada la apelación que presentaremos el lunes.”
El fallo de Liberatori acepta el criterio de Cristo Sacerdote en cuanto a que la muestra es ofensiva y deja constancia de que los católicos son mayoría en el país, lo cual plantea qué sucede si se trata de un culto minoritario. Pero, como corolario, se invoca el artículo 1071 bis del Código Civil que suele utilizarse contra los medios de comunicación. El artículo pena a quien “arbitrariamente se entrometiera en la vida ajena, publicando retratos, difundiendo correspondencia o mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos”. En este caso, “la muestra no es exhibida obligatoriamente para nadie, la puede ver quien quiere y por lo tanto no irrumpe en ninguna vida ni en ninguna intimidad”, de acuerdo con lo que explicó a este diario un jurista de primera línea en consonancia con el juez Baldomar. La notificación llegó ayer a la procuradora Tadei, quien al anochecer se dirigía al Centro Cultural Recoleta para efectivizar la clausura. La intención fue hacerlo sin incidentes, al finalizar el horario habitual. “La resolución se inscribe dentro de lo peor de la jurisprudencia en materia de libertad de expresión –señalaron los abogados de León Ferrari, Pablo Jacoby y Pablo Slominsqui–. Este fallo será estudiado en las universidades como lo que no se debe hacer. Desde ya que se constituye en un caso de censura y represión.” El texto de los denunciantes deja un resquicio llamativo: cuestionan la muestra, “no por intrínseamente lesiva, puesto que admiten que la misma sea expuesta en ámbitos privados”, según transcribe la jueza. Una variante que se estudiaba anoche era trasladar la muestra a una sede que no fuera estatal.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-45013-2004-12-18.html